Insomnio primario prácticamente iguales, excepto en que la CIE-10
Relación con los Criterios
Diagnósticos de Investigación de la CIE-10
El DSM-IV y CIE-10 proponen criterios diagnósticos para el insomnio primario prácticamente iguales, excepto en que la CIE-10 requiere que la frecuencia de aparición de los síntomas sea
de como mínimo tres veces a la semana durante por lo menos 1 mes.
Relación con Clasification International of Sleep Disorders
(ICSD)
El insomnio primario engloba una serie de diagnósticos de insomnio de la ICSD, como son el
insomnio psicofisiológico, la mala percepción
del estado de sueño, el insomnio idiopático
y algunos casos de higiene
de sueño inadecuada. El insomnio psicofisiológico se asemeja mucho al insomnio primario,
especialmente en términos
de nivel de alerta y de factores
de condicionamiento.
La mala percepción del estado de sueño es un trastorno
caracterizado por quejas de insomnio,
con una marcada diferencia entre las estimaciones subjetivas y las objetivas. El insomnio idiopático in- cluye los casos de inicio en la infancia y con un curso de por vida, probablemente debido a una alteración del control neurológico del sistema sueño-vigilia. La higiene de sueño inadecuada se re- fiere al insomnio que se produce
como consecuencia de comportamientos que aumentan el nivel de alerta
o que alteran la arquitectura del sueño (p. ej., trabajar
hasta tarde por la noche,
hacer demasiadas siestas durante el día o dormir siguiendo
un horario irregular).
■ Criterios para el diagnóstico de F51.0 Insomnio primario [307.42]
A. El síntoma predominante es la dificultad para iniciar o mantener el sueño, o no
tener un sueño reparador, durante al menos 1 mes.
B. La alteración del sueño (o la fatiga diurna asociada)
provoca malestar clínicamente significativo o deterioro
social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.
C.
La alteración del sueño no aparece exclusivamente en el transcurso de la narcolepsia, el trastorno del sueño relacionado con la respiración, el trastorno del ritmo
circadiano o una parasomnia.
D. La alteración no aparece exclusivamente en el transcurso
de otro trastorno mental (p. ej., trastorno depresivo mayor, trastorno de ansiedad generalizada, delirium).
E. La alteración no es debida a los efectos fisiológicos directos de sustancia
(p. ej., drogas, fármacos)
o de una enfermedad médica.
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